En virtud del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, y su ámbito de aplicación (articulo 2), El presente real decreto se aplicará a todas las actividades fitosanitarias, tanto en el ámbito agrario como en ámbitos profesionales distintos al mismo. A efectos de este real decreto los ámbitos agrarios comprenden la producción primaria agrícola, van a cambiar un poco las cosas en el uso de fitosanitarios o por lo menos es lo que se espera si se aplica la ley.
He colgado el Real Decreto en el site de MORETHANAGROWER.
Medidas que se van a llevar a cabo:
- Plan de Acción Nacional (PAN), para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, el objetivo del PAN es reducir los riesgos y los efectos de la utilización de productos fitosanitarios en la salud humana y el medio ambiente, y fomentar el desarrollo y la introducción de la gestión integrada de plagas y de planteamientos o técnicas alternativos con objeto de reducir la dependencia del uso de productos fitosanitarios.
- Gestión integrada de plagas, mediante la aplicación de prácticas con bajo consumo de productos fitosanitarios, dando prioridad, cuando sea posible, a los métodos no químicos, de manera que los asesores y usuarios opten por las prácticas y los productos con menores riesgos para la salud humana y el medio ambiente, de entre todos los disponibles para tratar una misma plaga. Todo ello se llevará a cabo teniendo en cuenta los principios generales de la gestión integrada de plagas establecidos en el anexo I que sean aplicables en cada momento y para cada tipo de gestión de plagas.
- Y más cosas, el que quiera que se lea el Real Decreto.
- Asesoramiento, que es lo que a los técnicos concierne y a los agricultores tambien:
1. El asesoramiento será realizado por un técnico que pueda acreditar la condición de asesor, para ejercer como asesor será necesario estar inscrito en la sección «asesores» del Registro Oficial de Productores y Operadores.
2. El asesoramiento deberá quedar reflejado y justificado documentalmente mediante los siguientes documentos (Propuesta de borrador del MAGRAMA):
He colgado el borrador en el site de MORETHANAGROWER.
- Contrato de asesoramiento: Justifica la relación contractual y la existencia de un compromiso de asesoramiento especifico en materia de Gestión Integrada de Plagas entre el asesor y productor.
- Memoria descriptiva de la explotación: describiendo exhaustivamente la explotación, y en concreto las principales incidencias fitosanitarias.
- Documento de asesoramiento: en el que se reflejara cualquier modo de intervención fitosanitaria realizada en la parcela.
La Junta de Andalucía ya esta preparando un Modelo de Cuaderno de Explotación:
He colgado el modelo en el site de MORETHANAGROWER.
Como novedades del nuevo cuaderno de explotación:
- Identificación usuarios profesionales de productos fitosanitarios con numeros de carnet.
- Identificación asesor con numero de ROPO (Registro Oficial de Productores y Operadores).
- Identificación de pozos.
- Identificación de equipos de aplicación con numero de registro ROMA (Registro Oficial de Maquinaria Agricola).
- Identificación del aplicador con numero de carnet en cada aplicación, asi como del asesor con numero de ROPO.
Bueno, pues habrá que ir adaptandose a los nuevos requerimientos. Que al final es lo que siempre hacemos. Y total, no parece tan complicado ni costoso. Más bien acostumbrarse.
ResponderEliminarLo más novedoso el contrato, que las recomendaciones tienen que ser dadas por el técnico contratado y quedar constancia por escrito.
EliminarLo demás, más o menos ya se esta haciendo por Golbal Gap y otras certificaciones.
Donde has colgado los documentos, porque en el site de Morethanagrower no lo encuentro. Un saludo
ResponderEliminarQue no he tenido tiempo de colgar la documentación, a ver si luego la cuelgo
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